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Qué protegen los derechos de autor: El contenido moral y patrimonial

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Qué protegen los derechos de autor: El contenido moral y patrimonial

En el artículo anterior hablábamos de los derechos de autor de una forma más general, nos planteábamos una serie de preguntas: cuándo nacen; qué características debía tener una obra para ser considerada creación intelectual; o si existía una protección de tipo constitucional para estos derechos. También hablábamos de que los derechos de autor tenían un contenido de dos tipos: moral y patrimonial. Pero, ¿sabes qué protegen los derechos de autor?

Aún a riesgo de que me tires una “pedrá” si llegas a cruzarte conmigo por la calle, creo que es importante ahondar un pelín en el contenido de los derechos de autor, en delimitar qué es cada uno de ellos de una forma breve y precisa. A Teo pongo por testigo de que no voy a enrollarme más de lo preciso, y creo que puede ser muy interesante para ti cuando afrontes la publicación de tu obra saber qué protegen los derechos de autor.

Así las cosas debes tener en cuenta que los derechos de autor se dividen en dos tipos básicos.

Qué protegen los derechos de autor: Derechos de contenido moral

Los derechos de este tipo son irrenunciables e inembargables. Forman parte de estos derechos de contenido moral los siguientes:

Divulgación

El autor puede decidir si divulga o no su obra, y cómo lo hará. También se recoge aquí el derecho a darla a conocer con su nombre, bajo seudónimo o anónimamente. Este derecho se agota en el momento en que se hace la obra accesible al público por primera vez.

Paternidad (o maternidad) de la obra

Se trata de reconocer al autor su condición de tal. Este derecho resulta violado cuando se producen plagios o cuando se omite la identidad del autor.

Integridad

El autor tiene el derecho a exigir respeto a la integridad de su obra y a impedir cualquier deformación, modificación, alteración o atentado que suponga perjuicio a sus legítimos intereses o menoscabo a su reputación. Es importante el matiz, porque no toda deformación supone una violación de este derecho, sino que es necesario que se produzca un efectivo perjuicio.

Modificación

Se trata de la facultad moral del autor de «modificar la obra respetando los derechos adquiridos por terceros y las exigencias de protección de bienes de interés cultural».

Retirada

Se establece la facultad del autor de retirar su obra del comercio, por cambio de sus convicciones intelectuales o morales, previa indemnización de los daños y perjuicios causados a los titulares de los derechos de explotación. No suele ser frecuente que esto ocurra, pero si de repente cambias de convicciones (y te lo puedes permitir) ya sabes…

Acceso

El autor puede acceder a ejemplares únicos o raros cuando se halle en posesión de un tercero “para ejercer el derecho de divulgación u otro que le corresponda“.

 

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Qué protegen los derechos de autor: Derechos de contenido patrimonial

Este tipo de derechos son transmisibles y embargables

Derecho de reproducción

Desde un punto de vista jurídico la reproducción implica la fijación directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio y en cualquier forma, de toda la obra o de parte de ella, que permita su comunicación o la obtención de copias. Requieren autorización actividades como: hacer fotocopias de un libro o manual (sea mucho o poco la extensión no importa); utilizar un personaje original creado por otra persona y por supuesto descargarse cualquier obra disponible en internet…

Este posiblemente sea uno de los derechos de autor más violentado hoy en día. Los medios técnicos disponibles permiten a cualquiera acceder a un e-book y reproducir nuestros libros sin nuestro consentimiento. ¿Tiene solución? De momento parece que no. Es imprescindible una educación en ese sentido, de forma que el público tome conciencia de lo complejo que resulta crear una obra artística y el quebranto que provoca su reproducción no autorizada.

Derecho de distribución

Las obras literarias se distribuyen habitualmente a través del contrato de edición, en el que el autor cede al editor, mediante compensación económica, el derecho a reproducir su obra y el distribuirla. El editor se obliga a realizar estas operaciones por su cuenta y riesgo en las condiciones pactadas y con sujeción a lo dispuesto por esa ley. En la actualidad son muchos los escritores que están optando por editar sus propias obras y otros que suscriben contratos de coedición para alcanzar el mismo fin.

Derecho de comunicación pública

En virtud de este una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra «sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas». Por ejemplo cuando vamos al cine a ver una película estamos asistiendo a un acto de este tipo, pero pienso que también lo estamos cuando asistimos a un recital de poesía.

Derecho de transformación

Comprende la traducción, adaptación y cualquier otra modificación de la que se derive una obra diferente. Los derechos de propiedad intelectual de la obra resultado de la transformación corresponderán al autor de esta última, sin perjuicio del derecho del autor de la obra preexistente de autorizar, durante todo el plazo de protección de sus derechos sobre esta, la explotación de esos resultados en cualquier forma y en especial mediante su reproducción, distribución, comunicación pública o nueva transformación.

Y ahora que ya sabemos qué protegen los derechos de autor terminamos este complejo tema con un poco más de profundidad. Espero que haya sido clarificador y si te surge algún tipo de duda, me tienes a tu disposición.

Si crees que puede ser interesante para algún conocido (incluso algún amigo, creo que hay gente que tiene amigos escritores) no dudes en compartirlo.[/et_pb_text][et_pb_code _builder_version=”4.4.8″ global_colors_info=”{}”][/et_pb_code][/et_pb_column][/et_pb_row][/et_pb_section]

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Sobre mí

Teo Palacios

Hace 10 años yo era como tú, un autor más con una novela bajo el brazo que nadie quería publicar. Hoy tengo cinco novelas publicadas por editoriales internacionales en ocho países, tengo firmados los contratos de dos novelas que aún no he escrito y ¡vivo de la literatura!

Teo Palacios

Escritor y creador del Método Pen

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