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Cuatro preguntas imprescindibles sobre los derechos de autor

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Llega abril y celebraremos  no sólo el Día del Libro, sino también el de los Derechos de Autor y la Propiedad Intelectual. Por eso he creído que la mejor manera de debutar en este blog era abordar (de la forma más breve y clara posible) lo que supone este tipo de derechos.

El objetivo de este texto es plantear una serie de preguntas y respuestas que nos ayuden a determinar cuándo nacen los derechos de autor, su protección constitucional, contenido… Y tratar de hacerlo con un lenguaje lo más cercano posible, ya que el derecho es en muchas ocasiones demasiado abstracto y confuso (lo sé, lo sé somos peores que un médico y un informático juntos). Vamos a intentarlo

 

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Cuándo nacen los derechos de autor

El derecho de autor nace con la creación de tu obra. Es ella la que te convertirá en autor, no su registro. Sin embargo sí te voy a pedir que registres lo que escribas  y no te voy a dar opción al respecto: registra sí o sí. Te evitarás problemas.
Que te quede claro la inscripción no es obligatoria, pero sí establece una serie de presunciones a favor de la persona que las hizo. Puedes acudir a registros públicos o privados, incluso puedes acudir a un notario (aunque no creo que sea el método más idóneo). El coste no es alto y en el futuro podría ser de gran ayuda, en caso de que surgiese algún conflicto como un plagio total o parcial.

Contenido de los derechos de autor

La propiedad intelectual está integrada  por:

Derechos de carácter personal o morales

Irrenunciables e inalienables. Dentro de estos derechos se encuentran: divulgación, paternidad, integridad, retirada, acceso y modificación.

Derechos de carácter patrimonial o de explotación

Estos son, en parte, transmisibles de forma temporal, y en parte inalienables e irrenunciables. Son derechos de este tipo los siguientes: reproducción (muy importante en cuanto a la persecución de la piratería), distribución, comunicación pública y transformación.

Como quiera que este es  un aspecto muy interesante de los derechos de autor, creo que es mejor abordarlos de forma separada en otra entrada, hablar con detenimiento de todos ellos para que resulte más claro.

Qué características tiene que tener una obra para ser susceptible de propiedad intelectual

  1. Que se trate de una creación intelectual producto del intelecto humano. No, no uses a tu mono para teclear tu nuevo relato o un cuadro… o sí, lo mismo funciona y tienes el best-seller del año, pero en cualquier caso no digas que fue tu mascota quien lo hizo.
  2. Tiene que ser original. Un plagio no puede generar nunca derechos de autor, lo más que puede generar es que te demanden y te veas envuelto en un proceso complicado y desagradable.
  3. Puede estar plasmada en cualquier medio o soporte, de los que existen ahora, o se inventen en el futuro. Los legisladores, conscientes de la evolución tecnológica en la que estamos metidos, han tratado de dar el marco más amplio posible para que las futuras creaciones puedan ser consideradas como tales. Acogen no sólo los soportes con los que nos encontramos en la actualidad, sino a cualquiera que pueda inventarse.

¿Están protegidos los derechos de autor en la constitución?

La propiedad intelectual está protegida en dos artículos de nuestra Constitución. En el artículo 20.1.b) donde se reconocen y protege el derecho “a la producción  y creación literaria, artística, científica y técnica” y el artículo 33.1 que reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia. No voy a entrar en debates doctrinales (porque no me apetece matarte de aburrimiento) pero lo cierto es que la  protección que ofrece uno u otro artículo es completamente diferente. El artículo 20 es susceptible de amparo constitucional y el 33.1 no. Vamos a dejar el debate para los jueces y abogados sesudos que pululan por el mundo.

Espero haber solucionado alguna de las dudas que tuvieras respecto de los Derechos de Autor. Queda pendiente tratar con algo más de profundidad el contenido de estos derechos, ahondar en los derechos morales y patrimoniales.

¿Conocías todos los puntos de los que hemos hablado? ¿Crees que sería importante incidir más en alguno de ellos?

Si crees que esta entrada puede ser interesante para alguien, no dudes en compartirla.[/et_pb_text][et_pb_code _builder_version=”4.4.8″ global_colors_info=”{}”][/et_pb_code][/et_pb_column][/et_pb_row][/et_pb_section]

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Sobre mí

Teo Palacios

Hace 10 años yo era como tú, un autor más con una novela bajo el brazo que nadie quería publicar. Hoy tengo cinco novelas publicadas por editoriales internacionales en ocho países, tengo firmados los contratos de dos novelas que aún no he escrito y ¡vivo de la literatura!

Teo Palacios

Escritor y creador del Método Pen

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